La nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, que entró en vigor el pasado día 7 de diciembre, ha realizado una reforma parcial del Estatuto de los Trabajadores.
En particular, incluye un nuevo artículo, el 20 bis, sobre intimidad y desconexión digital en el ámbito laboral, cuyo texto es el siguiente:
“Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales”.