Al igual que ya hiciera el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Madrid en resolución de la que ya informamos, esta vez ha sido la titular del nº 100 de la capital la que ha acordado la nulidad absoluta de la cláusula de los préstamos hipotecarios suscritos con Irisan Hipotecas, S.L. (firma vinculada al prestamista Antonio Arroyo Arroyo, imputado por estafa en más de una decena de juzgados madrileños) en la que se fijaba un tipo de nada menos que el 29 % para los intereses de demora.
El auto considera que la prestataria tiene la condición de consumidora y el prestamista de profesional, por lo que han de considerarse abusivas todas las condiciones no negociadas individualmente que causen desequilibrio en los derechos y obligaciones de las partes.
“Ante ese interés moratorio del 29 % -afirma el auto judicial- es patente la concurrencia de una desproporción que desequilibra la oposición en el contrato de los consumidores necesitados de financiación”. Por ello el órgano judicial acuerda la declaración de nulidad de la cláusula y estima que la consecuencia debe ser la inexistencia de la misma, sin que se reduzcan o moderen los intereses.
En el presente caso -cuya dirección letrada ha corrido a cargo de Carlos Javier Galán, abogado de Alberche Área Jurídica-, el capital era de 64.000 € y los intereses de demora pretendidos, que han sido judicialmente anulados, eran más de 76.000 €, más todos los que hubieran ido venciendo, a razón del 29 % anual, hasta el completo pago de la deuda.
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